Espiral

viernes, 16 de octubre de 2026

Economía

SCJN ordena juzgar desapariciones de mujeres defensoras con perspectiva de género

El pleno de la Suprema Corte determinó que las desapariciones de mujeres defensoras de derechos humanos deben investigarse con enfoque de género e interseccionalidad.

Redacción Espiral
Foto: forbes.com.mx

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció este martes una resolución histórica al determinar que los casos de desaparición de mujeres defensoras de derechos humanos deben juzgarse bajo un estricto enfoque de género y de interseccionalidad. Con esta decisión, el máximo tribunal del país formaliza que la aplicación de esta perspectiva no es una opción para las autoridades judiciales, sino una obligación vinculante dentro de los procesos de investigación y sanción en todo el territorio nacional.

La resolución surge tras el análisis de casos donde la labor de defensa de derechos, sumada a la condición de género de las víctimas, incrementa los riesgos y las vulnerabilidades. Los ministros coincidieron en que las fiscalías, tanto a nivel federal como estatal, deben abandonar los criterios estandarizados que suelen ignorar los contextos sociales, políticos y económicos que rodean la labor de las mujeres que defienden el territorio, el medio ambiente o la seguridad de sus comunidades.

La SCJN subrayó que la interseccionalidad permite comprender cómo diversos factores, como la pertenencia a pueblos indígenas o la situación de precariedad económica, agravan la violencia ejercida contra estas personas. Al integrar este enfoque, el Poder Judicial busca que las investigaciones no solo busquen a la persona desaparecida, sino que analicen si el motivo del delito está directamente relacionado con la actividad de defensa que la mujer realizaba en su entorno inmediato.

Esta directriz obliga a las autoridades ministeriales a realizar un análisis exhaustivo de los patrones de violencia en la región donde ocurrió la desaparición. Asimismo, se instruye a los jueces a considerar las barreras específicas que enfrentan las mujeres defensoras, garantizando que el proceso penal sea capaz de identificar a los autores materiales e intelectuales sin caer en revictimización o prejuicios de género.

Expertos en derechos humanos han señalado que esta sentencia marca un precedente fundamental para la Fiscalía General de la República (FGR) y las fiscalías locales. La implementación de este criterio busca reducir la impunidad en los casos de desaparición forzada y cometida por particulares, asegurando que las sentencias reflejen la gravedad de atacar a quienes protegen los derechos fundamentales en México.

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